Resultado: concreción de una reforma de "iure condendo"
La necesidad de una reforma
estructural
A día de hoy,
el ordenamiento jurídico español no reconoce el sinhogarismo como una forma
específica de vulneración de derechos, sino que lo trata como un problema
social sin desarrollo normativo propio. Esta omisión implica una triple
carencia:
- Falta de reconocimiento jurídico de la
persona sin hogar como sujeto con derechos específicos.
- Inexistencia de una ley estatal integral que
coordine y obligue a todas las administraciones.
- Incapacidad para exigir judicialmente el derecho
a una solución habitacional estable.
Esto vulnera
el principio de atingencia, los tratados internacionales ratificados por España
(PIDESC, Carta Social Europea) y el artículo 47 de la Constitución, que, aunque
reconoce el derecho a la vivienda, no lo configura como un derecho subjetivo
justiciable.
Propuesta de reforma jurídica: Ley Estatal Integral sobre el Sinhogarismo
El grupo propone una ley estatal específica y con rango legal suficiente que articule un sistema garantista en torno a los siguientes elementos:
Finalidad:
Establecer un marco
legal específico, vinculante y exigible que reconozca y garantice los
derechos de las personas en situación de sinhogarismo, articulando medidas
efectivas y coordinadas para su atención, acompañamiento y participación.
Principios
rectores:
- Dignidad y derechos humanos.
- Participación activa de las personas afectadas
(principio de atingencia).
- Prevención de la cronificación.
- Coordinación interinstitucional y territorial.
- Enfoque interseccional (edad, género, migración,
salud mental...).
Contenidos
esenciales de la ley:
- Reconocimiento jurídico del sinhogarismo,
conforme al marco europeo ETHOS.
- Derecho a la vivienda como derecho subjetivo
exigible judicialmente.
- Reforma de la Ley de Vivienda para
garantizar el acceso prioritario a vivienda estable y permanente para
personas sin hogar.
- Empadronamiento universal sin domicilio fijo,
como derecho fundamental.
- Eliminación de barreras burocráticas para
acceder al Ingreso Mínimo Vital y otros servicios sociales.
- Creación de un Estatuto Jurídico de la Persona
Sin Hogar, que integre derechos, obligaciones y recursos
garantizados.
- Acompañamiento individualizado: jurídico,
social, sanitario y psicológico.
- Medidas específicas para colectivos vulnerables
(mujeres, menores, personas mayores, migrantes, personas con trastornos de
salud mental).
- Participación activa de las personas
afectadas en consejos consultivos a nivel local y estatal.
- Evaluación pública y obligatoria anual, con
indicadores de impacto y transparencia.
Reforma legislativa concreta
sugerida
Artículo
propuesto a incluir en la Ley de Vivienda:
“Toda persona en situación de sinhogarismo tiene derecho a una solución
habitacional inmediata y permanente, sin condiciones previas, conforme al
enfoque de “vivienda primero”. Este derecho podrá ser exigido judicialmente
ante la administración competente.”
Justificación
Esta ley
permitiría:
- Cerrar el vacío legal actual, armonizando el
derecho interno con los compromisos internacionales asumidos por España.
- Convertir el derecho a la vivienda en un derecho
real y exigible, no meramente simbólico.
- Reconocer jurídicamente a quienes hoy son
invisibles y establecer mecanismos de acceso efectivo a la ciudadanía
social.
- Sustituir el enfoque asistencialista por un
modelo de derechos, centrado en la persona, con participación,
corresponsabilidad institucional y evaluación.
Esta propuesta se fundamenta tanto en el marco teórico y jurídico trabajado por el grupo como en los testimonios y realidades analizadas, cumpliendo así el principio de atingencia y reforzando la dimensión ética y transformadora del Trabajo Social.
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